Descripción del servicio
Dar cumplimiento al artículo 132 de la Ley 87-01 otorgando el pago en dinero a la trabajadora afiliada al Régimen Contributivo, equivalente a 14 semanas de salario cotizable otorgado durante el período de Descanso por Maternidad.
A quién va dirigido
Departamento que lo ofrece
Información de contacto
Requerimientos o requisitos
La trabajadora afiliada debe estar activa en el régimen contributivo y debe haber cotizado durante los últimos ocho (8) meses anteriores al inicio de la licencia pre y post natal y no debe ejecutar trabajo remunerado durante el período de descanso por maternidad o licencia pre y post natal.
Procedimientos a seguir
1- La trabajadora informará a su empleador sobre su estado de embarazo.
2- El empleador emitirá a través del SUIR el formulario de Solicitud de Subsidio y lo entregará a la afiliada para ser llenado por su médico tratante.
3- La trabajadora entregará a su empleador el original del Formulario de Solicitud de Subsidio que certifica su inicio de licencia pre y post natal completado por el médico tratante.
4- El empleador registrará en el SUIR y remitirá por vía electrónica (escaneado).
Horario de prestación
Lunes a Viernes: 08:00am - 04:00pmCosto
GratuitoTiempo de realización
0-1 hora / 140 días calendariosCanal de Prestación
Oficina Virtual - SISALRILInformación adicional
Punto GOB
Lunes a Viernes 08:00am – 08:00pm
Sábados 09:00am – 06:00pm