Pago de las solicitudes de Subsidios Lactancia.

Descripción del servicio

Dar cumplimiento al artículo 132 de la Ley 87-01 otorgando el pago en dinero para los hijos menores de un (1) año de las trabajadoras afiliadas al Régimen Contributivo que perciban un salario menor o igual a tres (3) salarios mínimos nacionales.

A quién va dirigido

Afiliadas del Régimen Contributivo del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS).

Departamento que lo ofrece

Dirección de Control de Subsidios (DCS)

Información de contacto

Tel.: Teléfono: 809-227-4050 Fax: 809-540-3640
Correo: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Dirección: Av. 27 de Febrero esq. Abraham Lincoln, Edificio Unicentro Plaza, Local No. 60, 2do. Piso / Oficina Virtual Sisalril / Puntos GOB

Requerimientos o requisitos

Cuando sea solicitada por la Empresa/Empleador:
1-Acta de nacimiento del o los lactantes.

Cuando sea solicitada por el Tutor:
• 2-Acta de nacimiento.
• Acta de defunción de la madre.
• Copia de cedula de la madre y tutor.
• Formulario de solicitud de subsidio de lactancia extraordinaria.

Cuando sea solicitada por la afiliada:
• Formulario de solicitud de subsidio por lactancia extraordinaria,
• Copia de cedula
• Acta de nacimiento, para los casos de cierre de empresas sin haber reportado el evento

Procedimientos a seguir

1-El empleador debe realizar la solicitud a través del SUIR de la TSS y cargar el o las actas de nacimientos de los lactantes a través del mismo o a través de las demás vías establecidas.
2-El tutor debe registrar la solicitud a través de la Oficina virtual o a través de nuestras oficinas.
3- La afiliada debe registrar la solicitud a través de la Oficina virtual o a través de nuestras oficinas.

Horario de prestación

Lunes a Viernes: 08:00am - 04:00pm / Punto GOB Lunes a Viernes 08:00am – 08:00pm sábados 09:00am – 06:00pm

Costo

Gratuito

Tiempo de realización

140 días calendarios

Canal de Prestación

Oficina Virtual - SISALRIL

Información adicional

La SISALRIL realizará el pago correspondiente al Subsidio por Lactancia directamente a la trabajadora afiliada, a través de depósitos en una cuenta creada a su nombre en el Banco de Reservas, luego de verificar que cumple con las condiciones requeridas.

En caso de parto múltiple, la madre recibirá el Subsidio por Lactancia para cada uno de los recién nacidos producto de dicho parto.

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